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BCV fija tasas activas máxima y mínima para tarjetas de crédito

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Fecha: 
Viernes, 27 Julio 2007

 

El Directorio del Banco Central de Venezuela, en su reunión de este jueves 26 de julio de 2007, en ejercicio de las facultades que le confiere la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con la Ley Especial que lo rige, con el Decreto con Fuerza de Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras, y en atención a la sentencia emitida por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 10 de julio (en la que se ordena al Banco establecer de manera especial las tasas de interés máximas y mínimas aplicables a las operaciones con tarjetas de crédito) y después de realizar los estudios correspondientes, resolvió establecer en 28% la tasa activa máxima para tarjetas de crédito y en 17% la tasa activa mínima, así como fijar en igual porcentaje al que se aplica a los depósitos de ahorro la tasa de remuneración para los pagos en exceso por parte de los titulares de tarjetas de crédito emitidas por los bancos comerciales, y que actualmente es de 8%.

La decisión del Banco responde al principio de coordinación macroeconómica establecido en el artículo 320 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela,  y tiene como marco el Acuerdo Anual de Políticas suscrito con el Ejecutivo Nacional y los lineamientos de política monetaria aprobados por el instituto emisor, que buscan adecuar los niveles de liquidez e incentivar el ahorro nacional con el fin de propiciar un ambiente de estabilidad de precios y mantener el crecimiento económico sostenido que se ha observado en  los últimos años.

El Directorio evaluó las tasas de interés aplicables a las operaciones con tarjetas de crédito, y su relación con el resto de las tasas del sistema financiero, y establecieron las que consideraron resultan más adecuadas, tomando en cuenta el interés social, el tipo de negocio y la realidad actual imperante en materia crediticia, así como los principios de equidad y proporcionalidad.

Por otra parte, y como complemento de las decisiones de política monetaria adoptadas el 10 de julio de este año, el Directorio incrementó la tasa de interés que rige para operaciones de inyección, es decir, para las operaciones de compra temporal, por parte del BCV a la banca comercial, de títulos de deuda pública. Las nuevas tasas que regirán son 19% a plazo de 28 días, y 18% a plazo de 14 días (las anteriores eran 18% y 17%). De esta forma se refuerza el compromiso en la lucha contra la inflación.

El Banco Central de Venezuela ratifica su compromiso de orientar la actuación de su política monetaria para lograr mayores niveles de estabilidad en el marco del  crecimiento sostenido de la economía.