Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

La Cámara de Compensación Electrónica incorpora domiciliaciones en su gama de productos

Fecha: 
Lunes, 26 Marzo 2007

 

Desde el 23 de marzo de 2007, las instituciones financieras pueden ofrecer a sus clientes la posibilidad de realizar operaciones interbancarias de domiciliación de los pagos por servicios.

La domiciliación es un nuevo instrumento de pago que provee la Cámara de Compensación Electrónica del Banco Central de Venezuela al sistema financiero, mediante el cual cualquier cliente, sea persona natural o jurídica, puede autorizar la cancelación de facturas por servicios con cargo a una cuenta corriente o de ahorro, independientemente del banco con el cual trabaje el prestador del servicio.

El uso de este instrumento de pago se desarrollará en la medida que las instituciones financieras y las empresas de servicios acuerden los mecanismos para facilitar a sus clientes las transacciones.  La domiciliación ofrecerá considerables beneficios a las empresas prestadoras de servicios que generan cobros recurrentes, en el sentido de que permite mejorar sus procesos de recaudación de pagos a través del cargo automático a las cuentas bancarias de sus clientes afiliados.

Bajo el esquema de la Cámara de Compensación Electrónica del BCV, la domiciliación de facturas está al alcance de cualquier empresa, independientemente de que sea una empresa pequeña, mediana o grande. No importa si la empresa guarda relación bancaria con una sola institución financiera, justamente, la diferencia con los actuales esquemas es que no es necesario tener cuentas en muchos bancos.

Cabe mencionar que el proceso de compensación de este medio de pago permite hacer efectivas las órdenes electrónicas de cobro de facturas, el mismo día en que son presentadas a las instituciones financieras, aunque las cuentas de clientes y prestadores de servicios se encuentren en distintos bancos.

Además de reducir el tiempo para que el pago se haga efectivo, este instrumento permitirá un mayor dinamismo en el sistema financiero nacional y el acceso de empresas medianas y pequeñas a los beneficios de la domiciliación de facturas.

El respaldo operativo del Banco Central de Venezuela redundará en fortalecer la confianza entre clientes y prestadores del servicio, al mismo tiempo que traslada las mejoras en los servicios bancarios a todos por igual.

Con la finalidad de contribuir al mayor uso de este nuevo instrumento, y en el marco de las funciones de regulación de tarifa que le asigna la Ley, el Directorio del Banco Central de Venezuela estableció, en reunión de fecha 13 de marzo de 2007 y a través de la resolución 07-03-01, que el monto máximo que las instituciones financieras podrán cobrar a las empresas ordenantes por las operaciones de domiciliación será de ciento treinta bolívares (Bs. 130,00). Asimismo, ha determinado que no podrá realizarse cargo alguno a los clientes afiliados a esta modalidad de pago.