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QUIÉNES SOMOS

Misión 
El Banco Central de Venezuela es un ente del Estado, con rango constitucional, autónomo
para la formulación y ejercicio de las políticas de su competencia con plena capacidad
pública y privada, integrante del Poder Público Nacional que ejerce funciones gestoras de interés público en coordinación con la política económica general y se rige por los principios que gobiernan la Administración Pública.

Para el ejercicio de sus competencias, cumple con el objetivo fundamental de lograr la estabilidad de precios y preservar el valor interno y externo de la moneda, contribuyendo
al desarrollo armónico de la economía nacional, atendiendo a los fundamentos del régimen socioeconómico de la República.

Asimismo, en el marco de la integración latinoamericana y caribeña, el BCV establece los
mecanismos para facilitar la coordinación de políticas macroeconómicas con los bancos
centrales regionales. Por otra parte destaca el compromiso del emisor con la sociedad,
mediante el fomento de la solidaridad, la participación ciudadana y la corresponsabilidad
social.

Visión
Como ente del Estado venezolano, la actuación y gestión interna del BCV responde a los
cambios institucionales del país; en función de ello, procura la participación coordinada
con los poderes públicos en las decisiones clave para la economía nacional, a fin de contribuir con el logro de un modelo de desarrollo sostenible en lo económico, equitativo en lo social, y con alta responsabilidad en lo ambiental. Asimismo, el Banco busca ampliar
geográficamente su ámbito de operaciones para aumentar sus capacidades y contar con
una agenda social de ayuda a la población de bajos recursos, que contribuya a fortalecer
a las comunidades organizadas y a los sectores socioproductivos. Para esto dispondrá de:

• Un esquema de dirección institucional con enfoque estratégico de las decisiones,
orientado hacia la consecución y calidad de los resultados, que estimule condiciones
para la interacción y el diálogo y contribuya a mantener un clima organizacional
apropiado para el buen funcionamiento interno.

• Un diseño de organización y funcionamiento ágil, integral, orientado a resultados,
flexible, que asegure una alta capacidad de respuesta, control de la gestión y evolución
favorable de los factores clave asociados con el cumplimiento de las políticas
y evaluación de su desempeño.

• Una tecnología que induzca a cambios estructurales y prácticas de trabajo colaborativas
e interconectadas, que facilite la recopilación, análisis, procesamiento y
distribución de información y conocimiento para mejorar las políticas que emanan
del Instituto.

• Una gestión institucional que asegure la operatividad, servicios ininterrumpidos y
bajo riesgo en las operaciones del negocio.

• Un equipo humano con vocación de servicio público, convencido de la importancia
de la ética y la solidaridad social, con alta calificación profesional y técnica, orientado
a la excelencia y altamente estimulado.

Funciones  
El BCV tendrá a su cargo las siguientes funciones, según lo establecido en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley del Banco Central de Venezuela 2015:
1. Formular y ejecutar la política monetaria.
2. Participar en el diseño y ejecutar la política cambiaria.
3. Regular el crédito y las tasas de interés del sistema financiero.
4. Regular la moneda y promover la adecuada liquidez del sistema financiero.
5. Centralizar y administrar las reservas monetarias internacionales de la República.
6. Estimar el Nivel Adecuado de las Reservas Internacionales de la República.
7. Participar en el mercado de divisas y ejercer la vigilancia y regulación del mismo, en los términos en que convenga con el Ejecutivo Nacional.
8. Velar por el correcto funcionamiento del sistema de pagos del país y establecer sus normas de operación.
9. Ejercer, con carácter exclusivo, la facultad de emitir especies monetarias.
10. Asesorar a los poderes públicos nacionales en materia de su competencia.
11. Ejercer los derechos y asumir las obligaciones de la República en el Fondo Monetario Internacional, según lo previsto en los acuerdos correspondientes y en la ley.
12. Participar, regular y efectuar operaciones en el mercado del oro.
13. Acopiar, producir y publicar las principales estadísticas económicas, monetarias, financieras, cambiarias, de precios y balanza de pagos.
14. Promover acciones que fomenten la solidaridad, la participación ciudadana y la corresponsabilidad social, a los fines de contribuir al desarrollo de la población y a su formación socioeconómica.
15. Efectuar las demás operaciones y servicios propios de la banca central, de acuerdo con la ley.