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Marco Jurídico

La República Bolivariana de Venezuela es un Estado Democrático, Social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político. Es un Estado federal descentralizado en los términos que consagra la Constitución, en el cual la soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce directamente en la forma prevista en ella y en la ley, e indirectamente, mediante el sufragio, a través de los órganos que ejercen el Poder Público.

El Poder Público se encuentra distribuido según la estructura político territorial en el Poder Público Nacional, Poder Público Estadal y Poder Público Municipal, y tiene atribuidas sus competencias de manera exclusiva, las cuales se ejercen con fundamento en los principios de honestidad, participación, celeridad, eficacia, eficiencia, transparencia, rendición de cuentas y responsabilidad, con sometimiento pleno a la ley y al derecho.

El Banco Central de Venezuela es una persona jurídica de derecho público, de rango constitucional, de naturaleza única, con plena capacidad pública y privada e integrante del Poder Público Nacional. En el ejercicio de sus funciones goza de autonomía funcional y financiera, las cuales articula de manera coordinada con el Ejecutivo Nacional, mediante un acuerdo anual de políticas, en el cual se deben establecer los objetivos finales de crecimiento y sus repercusiones sociales, balance externo e inflación, concernientes a las políticas fiscal, cambiaria y monetaria, así como los niveles de las variables intermedias e instrumentales requeridos para alcanzar dichos objetivos finales.