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El SENIAT señaló que la emisión de facturas y las máquinas fiscales no se verán afectadas por la reconversión monetaria

Fecha: 
Lunes, 3 Septiembre 2007

 

Las facturas sólo reflejarán precios en una sola expresión monetaria

 

El SENIAT reiteró que las facturas y los recibos de pago (nómina) emitidos hasta el 31-12-2007 sólo deberán reflejar los precios en bolívares actuales. Asimismo aclaró, que a partir del 1-1-2008, cuando empieza a cabalidad la reconversión monetaria, todas las facturas y recibos de pagos deberán estar expresados únicamente en bolívares fuertes.  

 

De igual modo, señaló que las facturas emitidas por el proveedor o recibidas por el cliente antes y durante el mes de diciembre de 2007, y que deben ser pagadas en el año 2008, se expresarán en bolívares actuales. 

 

En lo que respecta a las facturas que al 31-12-2007 ya hayan sido pagadas, las mismas tendrán la condición de “Documento Cerrado”, por lo que si es necesario anularlas con posterioridad a esa fecha, deberá hacerse a través de una Nota de Crédito expresada en bolívares fuertes, y si hay necesidad de emitir una nueva factura, está se hará igualmente en bolívares fuertes. 

 

Igualmente señaló que las máquinas fiscales no requerirán ajustes, ya que las mismas reflejan simplemente el monto que coloque su operador. Por lo tanto, los acumulados de las ventas y todas las operaciones realizadas hasta el 31-12-2007, deberán mantenerse almacenadas en bolívares actuales, mientras que todas las cantidades que sean procesadas a través de esas máquinas a partir del 1-1-2008, se entenderán expresadas en bolívares fuertes, independientemente  de que el ticket o factura indique simplemente bolívares. 

 

Agregó que los deberes formales y demás obligaciones tributarias de los contribuyentes no se verán afectados por la reconversión monetaria, porque la única diferencia radica en que los libros, facturas, declaraciones, pagos y contabilidad en general deberán expresarse en bolívares fuertes a partir del 1-1-2008.  

 

De acuerdo con lo señalado por el SENIAT, la declaración de impuesto sobre la renta de las empresas que tengan ejercicios gravables irregulares iniciados en el año 2007 y finalizados en 2008, serán presentadas en bolívares fuertes, haciendo la conversión después de totalizar las cuentas o partidas que integran la declaración.     
 
Para familiarizar al usuario  

Estas aclaratorias efectuadas por el SENIAT se han producido a propósito de la proximidad del 1-10- 2007, ya que a partir de esa fecha deberán mostrarse, ofertarse, exhibirse o exponerse a la vista del público, los precios de los bienes y servicios, tanto en bolívares actuales como en bolívares fuertes, a través de habladores, tarifarios, material publicitario o informativo y otros instrumentos o mecanismos que cumplan la misma función que éstos, ello independientemente de los medios físicos o electrónicos empleados para su difusión, para ir familiarizando a la ciudadanía con la nueva escala monetaria y facilitar de igual modo la comprensión de las equivalencias.